El lunes 5 de julio se llevó a cabo la audiencia pública sobre desalojos contra comunidades indígenas en el país, convocada por la comisión de Pueblos Indígenas, de la Cámara de Senadores, en su modalidad virtual. El encuentro, estuvo liderado por el senador Fulgencio Rodríguez, quien, entre otras cosas, destacó la importancia de abordar la situación de los pueblos indígenas respecto a los desalojos forzados de los que son víctimas. Además, solicitó respeto a las tierras y territorios ancestrales de los Pueblos Indígenas en Paraguay.
En la ocasión, participaron líderes y lideresas indígenas de diferentes comunidades afectadas por los desalojos a nivel país; referentes de las organizaciones indígenas de Paraguay; la ministra de la Niñez y Adolescencia, Teresa Martínez; el director jurídico del Instituto Paraguayo del Indígena (INDI), Basilio Franco; el senador Blas Lanzoni; el ministro de la Corte, Manuel Ramírez Candia, y el procurador General de la República, Juan Rafael Caballero, entre otras autoridades de los diferentes poderes del estado.
En representación de la Federación por la Autodeterminación de los Pueblos Indígenas, participó su presidente, don Hipólito Acevei, quien durante su intervención dijo que los desalojos contra las comunidades indígenas, «acontecimiento sistemático que venimos padeciendo desde hace mucho tiempo», con el agravante, de la última situación, que afectó a la Comunidad de KAA´POTY, del Pueblo Ava Guaraní, que contó con «la tristemente» participación policial que actuó con extrema violencia y brutalidad contra las personas de esa comunidad. «Señalamos igualmente que, en muchos casos, los desalojos también fueron acompañados por supuesta seguridad privada sin orden judicial», afirmó don Hipólito.
Agregó, que ante esta situación gravísima de consumación de los hechos, y recordando que ya han pasado 29 años de vigencia de la Constitución Nacional, hizo un llamamiento y recordatorio a las tres instituciones de Estado sobre sus deberes y atribuciones, establecidos en la Constitución Nacional.
«1) Sección IV Del Ministerio Público, art. 268, establece claramente de manera jurídica y vinculante en el numeral 2 “promover acción penal publica para defender el patrimonio público y social, el medio ambiente, así como de los derechos de los pueblos Indígenas”. Es la hora que el Ministerio Público, haga el esfuerzo de restaurar su imagen institucional, porque tienen una deuda histórica con los Pueblos Indígenas del Paraguay, en el cumplimiento de esta normativa, como también le pedimos renunciar a sus actos de incoherencia, hacia la actitud de la buena fe, de defender la propiedad colectiva de los territorios y tierras de los Pueblos Indígenas.
2) En la Sección III De la Procuraduría General de la Republica, art. 264, numeral 1- “representar y defender, judicial y extrajudicialmente, los intereses patrimoniales de la Republica”. En esta acción constitucional, esta instancia debería actuar de oficio, durante el desarrollo del litigio judicial, antes que se consumara los hechos de injusticia, con los Pueblos Indígenas, porque se trata de defender patrimonio del Estado que son las tierras indígenas, y;
3) la ley 904/81 “Estatuto de las Comunidades Indígenas” donde establece que el Instituto Paraguayo del Indígena-INDI, es un ente rector de las políticas públicas a favor de los Pueblos Indígenas. Quien, por obligación constitucional, debería de realizar una reacción rápida de hacer su trabajo ante la justicia en los casos graves, de interponer amparos constitucionales en defensa de las comunidades afectadas en vías de ser desalojados».
Dijo que como se sabe, la inoperancia de estas tres instituciones muchas veces está sujeta a los poderes económicos y políticos. Dio como ejemplo, el caso del INDI, que se conoce por experiencias muy negativas, que históricamente y en varias oportunidades, ha acompañado desalojos a favor de propietarios privados, o en un caso específico, ha asumido un rol de defensa en el año 2015, a favor de una de las hidroeléctricas (ITAIPÚ) en el caso del desalojo a la comunidad Tekoha Sauce, del Pueblo Ava Guaraní.
Agregó que también hay casos bastante llamativos, los que viven en sus territorios y tierras tradicionales, que fueron adquiridas y aseguradas con el título de dominio legal por el gobierno, a través del INDI o el INDERT, quienes también están preocupados y amenazados de ser desalojados por acciones e iniciativas de supuestos propietarios que dicen tener también el título de propiedad, que cuando entra en litigio judicial, la justicia desconoce el derecho ancestral y jurídico del dominio y posesión de las tierras de las comunidades indígenas afectadas, cuya ocupación ya se viene dando desde tiempo inmemoriales.
«Podría seguir, enumerando los casos de dolores y violaciones de desalojos, pero este espacio de audiencia pública, debemos aprovechar para plantear propuestas», añadió Acevei.
En cuanto a las mismas, sugirió que el presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas, de la Cámara de Senadores, pueda remitir una nota formal a los otros poderes del Estado Paraguayo, en particular al Poder Judicial, cuya presencia del Presidente de la Corte Suprema de Justicia, será de mucha importancia, «a fin de recordarles, que nosotros estuvimos y seguiremos estando en los territorios y tierras en la República del Paraguay por derecho establecido en nuestra Constitución Nacional, como habitantes anteriores a la formación y organización del Estado Paraguayo, somos pre existentes al Estado Paraguayo», mencionó.
Recordó que los jueces deben entender, que la razón jurídica debe ser aplicada, según el art. 64 de la CN, que se prohíbe la remoción o traslado de su hábitat sin el expreso consentimiento de los Pueblos Indígenas, y que igualmente, siempre van a exigir el respeto y cumplimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas, sea en lo jurídico o en el derecho diferenciado más antiguo y milenario (art. 62 y 63 de la CN), además, los jueces tienen el deber de demostrar su capacidad de justicia, ya que fueron formados por el sistema del derecho romano.
«Finalmente, solicitamos urgentemente a través de esta Comisión de Pueblos Indígenas del Senado, a que el Poder Ejecutivo pueda promulgar el Decreto del Plan Nacional de Pueblos Indígenas-PNPI, elaborado por los representantes de 19 Pueblos Indígenas del país, que después de 6 años de trabajo, fue entregado en un acto oficial en el Palacio de Gobierno al Presidente de la Republica, el día 20 de Abril del 2021», destacó el presidente de la FAPI.